Costa Rica #1603 (v.4)

Données de base

Notifiée dans
Validité de la version
31/01/2023 - actuelle
Version active v.4
Membre présentant le rapport
Costa Rica
En vigueur depuis
Date de fin
En vigueur
Description générale
Autorización de importación de precursores y sustancias químicas; incluido el sellado.
Base légale nationale
Ley Sobre Estupefacientes; Sustancias Psicotrópicas; Drogas de uso no Autorizado y Actividades Conexas (Ley 8204 publicada en La Gaceta N° 8 del 11-02-2002) y sus reformas.
Decreto Ejecutivo Nº 35761-MP-MSP-H-COMEX-S; publicado en La Gaceta N° 40 del 26 de febrero del 2010.
Reglamento General a la Ley 8204 y sus Reformas (Decreto Ejecutivo 36948-MP-SP-JP-H-S publicado en el Alcance N° 8 a La Gaceta N° 12 del 17 de enero del 2012.
Mécanisme administratif
La Unidad de Control y Fiscalización de Precursores del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) del Ministerio de la Presidencia es la entidad encargada de aplicar los requisitos relacionados con la autorización de importaciones; exportaciones o reexportaciones de sustancias químicas; productos; preparados farmacéuticos o máquinas controladas de los incluidos en los artículos 51 y 54 del Reglamento General a la Ley 8204.
Entités responsables
Unidad de Control y Fiscalización de Precursores del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) del Ministerio de la Presidencia
Version du SH
HS 2022
Cote du document de l'OMC mentionné

Métadonnées

Justifications au regard de l'OMC

XX:(a) - (a) necessary to protect public morals;

GATT 1994 (GATT 1947 provisions)

Signalé comme: Artículo XX (a) del GATT; excepción general para no impedir la aplicación de medidas necesarias para proteger la moral pública.En este sentido; un objetivo adicional de esta medida es regular las actividades financieras con el fin de evitar la penetración de capitales provenientes de delitos graves de conformidad con el artículo 1 de la Ley No. 8204 y de todos los mecanismos o procedimientos que puedan servir como medios para legitimar capitales.

XX:(b) - (b) necessary to protect human, animal or plant life or health;

GATT 1994 (GATT 1947 provisions)

Signalé comme: Artículo XX (b) del GATT. Excepción general para no impedir la aplicación de las medidas necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales. Esta restricción busca regular el suministro; prescripción; administración; manipulación; uso; tenencia; tráfico; elaboración; producción; distribución y comercialización de drogas y fármacos susceptibles de producir dependencia física o psíquica incluidos en los distintos instrumentos nacionales e internacionales que regulan esta materia; sin perjuicio de lo ordenado sobre esta materia en la Ley General de Salud.Dentro de los compromisos internacionales; se encuentran:
Engagements internationaux (hors OMC)

UN Convention (1988) on Narcotic Drugs and Psychotropic Substances

Signalé comme: Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (Convención de 1988); Ley Nº 7198 del 25 de setiembre de 1990

Single Convention (1961) on Narcotic Drugs

Signalé comme: Convención Única de Naciones Unidas sobre Estupefacientes; del 30 de mayo de 1961; Ley N° 4544 del 18 de marzo de 1970

Convention (1971) on Psychotropic Substances

Signalé comme: Convención de Viena sobre Sustancias Psicotrópicas; del 21 de febrero de 1971; Ley N° 4990 del 10 de junio de 1972
Partenaires concernés
Partenaires non concernés

Mesures

Restrictions signalées
NAL
Cote
NAL

Lignes tarifaires

121190
ex.1211.90
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
220710
2207.10
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
220720
2207.20
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
220820
ex.2208.20
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
220830
ex.2208.30
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
220840
ex.2208.40
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
220860
ex.2208.60
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
220890
ex.2208.90
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
270710
2707.10
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
270720
2707.20
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
270730
2707.30
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
270740
2707.40
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
270750
2707.50
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
271012
ex.2710.12
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
271019
ex.2710.19
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
280610
2806.10
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
280700
2807.00
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
281119
ex.2811.19
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
281410
2814.10
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...
281420
2814.20
Sustancias químicas. Productos farmacéuticos. Máquinas controladas: máquinas para encapsular product...