Nicaragua #4394 (v.2)

Base data

Notified in
Version validity
01/10/2018 - 01/10/2020
Old version v.2
Reporting member
Nicaragua
In force from
End date
In force
General description
Prohibición al corte y comercialización nacional e internacional de Caoba; Cedro; Pochote; Mangle; Ceibo.
National legal basis
Decreto No. 11-2016; aprobado el 27 de Junio de 2016Renovación de la Veda por un período de diez años; para el Corte; Aprovechamiento y Comercialización de Recursos Forestales; Caoba; Cedro; Pochote; Mangle; Ceibo.
Administrative mechanism
La autoridad de aplicación es el INAFOR; en el caso de áreas protegidas el MARENA. Se prohíbe su comercio nacional e internacional. En el caso de las especies CITES (Caoba y Cedro) además del INAFOR el MARENA.
Responsible entities
INAFOR
HS version
HS 2017
Referenced WTO document symbol

Meta data

WTO justifications

XX:(b) - (b) necessary to protect human, animal or plant life or health;

GATT 1994 (GATT 1947 provisions)

Reported as: Excepciones generales: artículo XX (b) del GATT como medidas necesarias para preservar los vegetales.
Non-WTO commitments
Affected partners
Non-affected partners

Measures

Reported restrictions
P-S
Symbol
P-S

Tariff lines

4403
4403
Veda por un período de diez años a partir del año 2016; para el corte; aprovechamiento y comercializ...