Nicaragua #754 (v.3)
Données de base
- Notifiée dans
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G/MA/QR/N/NIC/5 11/10/2023
- Validité de la version
-
30/09/2022 -
30/09/2024
Ancienne version v.3
- Membre présentant le rapport
- Nicaragua
- En vigueur depuis
- Date de fin
- En vigueur
- Description générale
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Prohibición a la importación de vehículos automóviles nuevos o
- Base légale nationale
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Artículo 282 (bis) de la Ley No. 822 “Ley de Concertación Tributaria”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 241 del 17/12/2012 y Ley No. 891 “Ley de Reforma a la Ley No. 822 Ley de Concertación Tributaria” publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 240 del 18/12/2014.
- Mécanisme administratif
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La prohibición es administrada de conformidad a lo establecido en la Ley No. 822 “Ley de Concertación Tributaria”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 241 y Ley No. 891 “Ley de Reforma a la Ley No. 822 Ley de Concertación Tributaria”.
La prohibición tiene por objetivo reducir los niveles de accidentalidad vehicular por desperfectos mecánicos en los vehículos automotores que, en razón de sus especificaciones y modelos, no se ajustan a las normas de vialidad o que, por las modificaciones a su diseño original, pueden sufrir desperfectos mecánicos y provocar accidentes que causen la pérdida de vidas. - Entités responsables
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- Version du SH
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HS 2022
- Cote du document de l'OMC mentionné
Métadonnées
- Justifications au regard de l'OMC
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XX:(b) - (b) necessary to protect human, animal or plant life or health;
GATT 1994 (GATT 1947 provisions)
Signalé comme: Excepción general: Artículo XX (b) del GATT como medida necesaria para proteger la vida de las personas. - Engagements internationaux (hors OMC)
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- Partenaires concernés
- Partenaires non concernés
Mesures
- Restrictions signalées
- P
Cote |
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P
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Lignes tarifaires
87
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ex Capítulo 87
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Prohibición a la importación de vehículos automóviles nuevos o usados con timón a la derecha; ya sea...
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