Nicaragua #4376 (v.4)
Datos básicos
- Notificada en
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G/MA/QR/N/NIC/5 11/10/2023
- Validez de la versión
-
30/09/2022 -
30/09/2024
Versión anterior v.4
- Miembro informante
- Nicaragua
- En vigor desde
- Fecha de supresión
- En vigor
- Descripción general
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Permisos especiales para la exportación de los siguientes recursos pesqueros
- Fundamento jurídico nacional
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Ley de Pesca y Acuicultura "Ley 489", Gaceta 251 del 27 de diciembre de 2004
Decreto 9-2005 "Reglamento de la Ley de Pesca y Acuicultura, Gaceta 40, del 25 de febrero de 2005
Decreto Presidencial 24-2017, Actualización de las Medidas de Ordenamiento para la Pesquería del Pepino de Mar del Litoral Caribe.
Acuerdo ejecutivo 005/2018 "Procedimientos para la Emisión de Certificados de Inspección para la Exportación de Productos Pesqueros y Acuícolas"
Resolución Ejecutiva PA-No. 003-2020 Declaración el régimen de manejo de la pesquería de langosta espinosa del Caribe de Nicaragua, de abierto a acceso limitado de fecha 24 de abril 2020, Ley de Pesca y Acuicultura "Ley 489", Gaceta 251 del 27 de diciembre de 2004
Resolución Ejecutiva No. 003-2019 Establecimiento de cuota global anual de captura del pepino de mar del litoral caribe periodo de veda y medidas de ordenación en la captura del pepino de mar
Resolución Ejecutiva No. 008-2019 "Asignación de Cuota de Exportación para el Aprovechamiento óptimo del recurso Caracol Rosado Strombus gigas del Caribe de Nicaragua" Publicado en La Gaceta No. 128 del 08 de julio del 2019
Resolución Ejecutiva PA-No. 003-2020 Declaración el régimen de manejo de la pesquería de langosta espinosa del Caribe de Nicaragua, de abierto a acceso limitado de fecha 24 de abril 2020, Ley de Pesca y Acuicultura "Ley 489", Gaceta 251 del 27 de diciembre de 2004
Resolución Ejecutiva PA No. 012-2019 Establecimiento de Cuota Global anual de captura de pepino de mar del océano pacifico de Nicaragua del 28 octubre 2019
Resolución Ejecutiva No. 002-2022 "Establecimiento de cuota global anual de Captura (CGAC) para el recurso langosta espinosa Panulirus argus del Mar Caribe para la temporada de pesca 2022-2023, publicada en La Gaceta No. 132 del 18 de julio 2022
- Mecanismo administrativo
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Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura (INPESCA), es la autoridad competente para regular y hacer cumplir la prohibición mediante el otorgamiento del certificado de inspección para exportación de productos pesqueros y acuícolas.
En el caso de las cuotas de especies CITES caracol rosado, perlas de caracol, el permiso de exportación es emitido por el MARENA a través de un permiso CITES. - Entidades responsables
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Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura
- Versión del SA
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HS 2022
- Signatura de la OMC a que se hace referencia
Metadatos
- Justificaciones en el marco de la OMC
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XX:(g) - (g) relating to the conservation of exhaustible natural resources if such measures are made effective in conjunction with restrictions on domestic production or consumption;
GATT 1994 (GATT 1947 provisions)
Notificada como: Excepciones generales: Artículo XX (g) del GATT; relativa a la conservación de los recursos naturales agotables. - Compromisos Internacionales (distintos de los asumidos en el marco de la OMC)
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Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora (CITES)
Notificada como: Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES). - Interlocutores afectados
- Interlocutores no afectados
Medidas
- Restricciones notificadas
- NAL-X
Signatura |
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NAL-X
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Líneas arancelarias
0302
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03.02
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-Aleta de Tiburón.
- Mantarraya - Buche o Popa de Pescado |
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0303
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03.03
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-Aleta de Tiburón.
- Buche o Popa de Pescado |
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0305
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03.05
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-Aleta de Tiburón.
- Pescado Seco - Buche o Popa de Pescado |
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0306
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03.06
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- Chacalín (Sea Bob; Fiebre; Titi y Tigre)
- Conchas de Jaiba |
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030631
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0306.31
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- Langosta espinosa
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0307
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03.07
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-Caracol Rosado del Caribe
- Ostras - Perlas de Caracol |
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0308
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03.08
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-Pepino de Mar
- Medusa |
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0511
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05.11
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- Esponjas
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