Uruguay #1083 (v.5)
Datos básicos
- Notificada en
-
G/MA/QR/N/URY/5 17/07/2023
- Validez de la versión
-
17/07/2023 -
actual
Versión activa actual v.5
- Miembro informante
- Uruguay
- En vigor desde
- Fecha de supresión
- En vigor
- Descripción general
-
Prohibición a la importación de dispositivos electrónicos para fumadores
- Fundamento jurídico nacional
-
Decreto Nº 534, de 23/11/09. Entrada en vigor: 01/12/2009
Enlace: https://www.impo.com.uy/bases/decretos/534-2009/1;
Ley Nº 17.793 de 16 de julio de 2004. Entrada en vigor: 23/07/2004.
Enlace: http://www.impo.com.uy/bases/leyes/17793-2004/1
- Mecanismo administrativo
- Entidades responsables
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- Versión del SA
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HS 2022
- Signatura de la OMC a que se hace referencia
Metadatos
- Justificaciones en el marco de la OMC
-
XX:(b) - (b) necessary to protect human, animal or plant life or health;
GATT 1994 (GATT 1947 provisions)
Notificada como: Artículo XX(b) del GATT - Compromisos Internacionales (distintos de los asumidos en el marco de la OMC)
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- Interlocutores afectados
- Interlocutores no afectados
Medidas
- Restricciones notificadas
- P
Signatura |
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P
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Líneas arancelarias
854370
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8543.70.99
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Dispositivos electrónicos para fumar: "cigarrillo electrónico", "e-cigarettes", "eciggy", "e-cigar",...
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