Nicaragua #4404 (v.2)

Base data

Notified in
Version validity
01/10/2020 - 30/09/2022
Old version v.2
Reporting member
Nicaragua
In force from
End date
In force
General description
Prohibición de la Importación de Sustancias Químicas Precursoras Ácido N- Acetilantranílico; Ácido antranílico y Ácido fenilacético; Así como sus sales y ésteres.
National legal basis
Resolución Ministerial No. 103-2011 publicada el 6 de abril del año 2011 (Gaceta No. 70 del 12 abril del 2011)
Administrative mechanism
Se prohíbe la importación, producción, distribución y comercialización de los productos farmacéuticos, perfumes, plásticos, tintes, cosméticos o cualquier insumo para la salud que hayan sido elaborados utilizando como uno de sus componentes o aditivos las sustancias Ácido N-Acetilantranílico, Ácido antranílico y Ácido fenilacético, sus sales ésteres; así como la producción, distribución y comercialización de las sustancias mencionadas que vayan a ser utilizadas como materia prima ay para cualquier otro uso o concepto.

La Dirección de Farmacia, instancia de la Dirección General de Regulación Sanitaria del Ministerio de Salud (MINSA), es la encargada de aplicar/administrar la prohibición para la importación de sustancias químicas en mención.
Responsible entities
La Dirección de Farmacia de la Dirección General de Regulación Sanitaria del Ministerio de Salud
HS version
HS 2017
Referenced WTO document symbol

Meta data

WTO justifications

XX:(b) - (b) necessary to protect human, animal or plant life or health;

GATT 1994 (GATT 1947 provisions)

Reported as: Excepciones generales: artículo XX literal b) del GATT; como medida necesaria para proteger la salud y la vida de las personas.
Non-WTO commitments
Affected partners
Non-affected partners

Measures

Reported restrictions
P
Symbol
P

Tariff lines

29
ex29
Sustancias Químicas Precursoras: Ácido N-Acetilantranílico; Ácido antranílico y Ácido fenilacético;...