Nicaragua #4393 (v.2)

Datos básicos

Notificada en
Validez de la versión
01/10/2018 - 01/10/2020
Versión anterior v.2
Miembro informante
Nicaragua
En vigor desde
Fecha de supresión
En vigor
Descripción general
Prohibición de importación y exportación de todas las especies de flora y fauna silvestre incluidas en los listados de veda indefinida
Fundamento jurídico nacional
Resolución No. 007-99 Establecimiento del Sistema de Vedas de Especies Silvestres Nicaragüenses; Gaceta No. 109 publicada el día 09 de junio de 1999.Resolución No. 003.01.2018; Actualizar el Sistema de Vedas 2018. Gaceta No. 38 publicada el día 22 de febrero de 2018.
Mecanismo administrativo
Dicha prohibición se aplica con la finalidad de regular el uso de determinada especie en tiempo y territorio cuando existen evidencias e indicios que dicha especie está siendo amenazada por factores antropogénicos, causados por la caza, captura, extracción del medio natural independientemente del fin que tengan los mismos. Existe concordancia entre las especies incluidas en veda indefinida a nivel nacional con las especies incluidas en el apéndice I de la CITES que prohíbe su comercio internacional.

La autoridad competente es el MARENA en alianzas con la Policía Nacional; Ejército de Nicaragua; Procuraduría y Fiscalía Ambiental. Esta prohibición es de carácter nacional; las especies que están en veda indefinida no son objeto de comercio nacional e internacional.
Entidades responsables
La Dirección de Armas; Explosivos y Municiones (DAEM) de la Policía Nacional; basada en la Ley 510 "Ley Especial para el control y Regulación de Armas de Fuego; Municiones; Explosivos y otros materiales relacionados”. El Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA) Ejército de Nicaragua; Procuraduría y Fiscalía Ambiental
Versión del SA
HS 2017
Signatura de la OMC a que se hace referencia

Metadatos

Justificaciones en el marco de la OMC

XX:(b) - (b) necessary to protect human, animal or plant life or health;

GATT 1994 (GATT 1947 provisions)

Notificada como: Excepciones generales: artículo XX (b) del GATT como medidas necesarias para proteger a los animales.
Compromisos Internacionales (distintos de los asumidos en el marco de la OMC)
Interlocutores afectados
Interlocutores no afectados

Medidas

Restricciones notificadas
P
Signatura
P
P-X

Líneas arancelarias

0106
0106
Esta Resolución; establece el Sistema Nacional de Vedas (parciales e indefinidas); mandata a que el...