Nicaragua #9140 (v.1)

Datos básicos

Notificada en
Validez de la versión
30/09/2022 - 30/09/2024
Versión anterior v.1
Miembro informante
Nicaragua
En vigor desde
Fecha de supresión
En vigor
Descripción general
Prohibición y cancelación de registro a nivel nacional de la molécula Clorpirifós
Fundamento jurídico nacional
Resolución 002-2020, publicada en la Gaceta No. 186, del 09 de octubre de 2020
Mecanismo administrativo
La Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Tóxicas (CNRCST) es el órgano competente para el control y cumplimiento de los procesos de prohibiciones y restricciones de plaguicidas, sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares
Entidades responsables
La Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Tóxicas (CNRCST)
Versión del SA
HS 2022
Signatura de la OMC a que se hace referencia

Metadatos

Justificaciones en el marco de la OMC

XX:(b) - (b) necessary to protect human, animal or plant life or health;

GATT 1994 (GATT 1947 provisions)

Notificada como: Excepciones generales: Artículo XX (b) del GATT como medidas necesarias para proteger la salud humada y el medio ambiente
Compromisos Internacionales (distintos de los asumidos en el marco de la OMC)
Interlocutores afectados
Interlocutores no afectados

Medidas

Restricciones notificadas
P
Signatura
P

Líneas arancelarias

3808
38.08
Clorpirifós