Nicaragua #4402 (v.3)

Datos básicos

Notificada en
Validez de la versión
30/09/2022 - 30/09/2024
Versión anterior v.3
Miembro informante
Nicaragua
En vigor desde
Fecha de supresión
En vigor
Descripción general
Prohibición de la Importación de la Sustancia Químicas Precursora Efedrina y de los Productos que la contiene.
Fundamento jurídico nacional
Resolución Ministerial No. 427-2008 del 9 de diciembre del año 2008 (Gaceta No. 33 del 18 de febrero de 2009)
Mecanismo administrativo
La Dirección de Farmacia dependencia de la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria adscrita al Ministerio de Salud, es la encargada de aplicar la prohibición para la importación de esta sustancia química Precursora en mención
Entidades responsables
La Dirección de Farmacia de la Dirección General de Regulación Sanitaria del Ministerio de Salud
Versión del SA
HS 2022
Signatura de la OMC a que se hace referencia

Metadatos

Justificaciones en el marco de la OMC

XX:(b) - (b) necessary to protect human, animal or plant life or health;

GATT 1994 (GATT 1947 provisions)

Notificada como: Excepciones generales: artículo XX literal b) del GATT como medida necesaria para proteger la vida o la salud de las personas.
Compromisos Internacionales (distintos de los asumidos en el marco de la OMC)
Interlocutores afectados
Interlocutores no afectados

Medidas

Restricciones notificadas
P
Signatura
P

Líneas arancelarias

29394
2939.40
Sustancia Química Precursora Efedrina y los Productos Farmacéuticos que la contienen
30034
ex3003.40
Sustancia Química Precursora Efedrina y los Productos Farmacéuticos que la contienen