Costa Rica #1608 (v.2)

Datos básicos

Notificada en
Validez de la versión
30/09/2016 - actual
Versión activa actual v.2
Miembro informante
Costa Rica
En vigor desde
Fecha de supresión
Suprimida el
Descripción general
Nota técnica 73: prohibición para la importación de distribución y comercialización de minigelatinas que contengan el aditivo alimentario KONJAC FLUOR INS 425
Fundamento jurídico nacional
Decreto Ejecutivo No. 31331-S, publicado en la Gaceta 168 del 02 de setiembre de 2003, prohíbe la importación, distribución y comercialización de minigelatinas que contengan el aditivo alimentario KONJAC FLUOR INS 42
Mecanismo administrativo
La importación se realiza bajo la nota técnica 39.La nota técnica 73 aplica única y exclusivamente para aquellos productos cuya importación es prohibida, debido a que los Ministerios lo han clasificado como productos no importables hacia Costa Rica. Para el caso de los productos incluidos en esta nota técnica, no se tramita un permiso; el resultado de que una mercancía esté regulada por esta nota técnica es que no es posible su importación.
Entidades responsables
Versión del SA
HS 2012
Signatura de la OMC a que se hace referencia

Metadatos

Justificaciones en el marco de la OMC

XX:(b) - (b) necessary to protect human, animal or plant life or health;

GATT 1994 (GATT 1947 provisions)

Notificada como: Artículo XX (b) del GATT. La aplicación de esta disposición se fundamenta en el cumplimiento de la normativa interna, con el propósito de proteger la salud humana.
Compromisos Internacionales (distintos de los asumidos en el marco de la OMC)
Interlocutores afectados
Interlocutores no afectados

Medidas

Restricciones notificadas
P
Signatura
P

Líneas arancelarias

1704
ex17.04
Minigelatinas que contengan el aditivo alimentario KONJAC FLUOR INS 425